Cómo cambiar el género de un menor o el nombre Y el género si usted es el tutor o abogado de dependencia del menor

Guía de instrucciones para los tutores y abogados de dependencia

A partir del 1.º de enero de 2019, un tutor o abogado de dependencia nombrado como guardian ad litem para un menor puede presentar una petición en la corte pidiendo un cambio de nombre y el reconocimiento de un cambio de género para el menor a femenino, masculino o no binario.

Para toda petición presentada por un tutor o abogado de dependencia para el reconocimiento de un cambio de género, con o sin una petición para un cambio de nombre, los tutores y abogados de dependencia tienen que seguir los siguientes pasos:

  1. Llene sus formularios de la corte.
    • Si todos los padres vivos firman la petición: Cambio de género solamente
      • Petición de reconocimiento de cambio de género de un menor y emisión de una nueva acta de nacimiento y cambio de nombre (formulario NC-500) (instrucciones detalladas para completar este formulario disponibles aquí),
      • Declaración de tutor o abogado de dependencia (formulario NC-510G),
      • Orden de reconocimiento de cambio de género de un menor y emisión de una nueva acta de nacimiento (formulario NC-530G) (llene las casillas en la parte superior del formulario y el punto número 1), y
      • Carátula de caso civil (formulario CM-010).
    • Si todos los padres vivos firman la petición: Cambio de género y de nombre
      • Petición de reconocimiento de cambio de género de un menor y emisión de una nueva acta de nacimiento y cambio de nombre (formulario NC-500) (instrucciones detalladas para completar este formulario disponibles aquí),
      • Declaración de tutor o abogado de dependencia (formulario NC-510G),
      • Adjunto suplementario a la solicitud de cambio de nombre (Declaración del tutor) (formulario NC-110G),
      • Orden de reconocimiento de cambio de género de un menor y emisión de una nueva acta de nacimiento (formulario NC-530G) (llene las casillas en la parte superior del formulario y el punto número 1),
      • Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre para reflejar la identidad de género (formulario NC-125 / NC-225), y
      • Carátula de caso civil (formulario CM-010).
    • Si un padre o madre vivo no firmó la petición, ha fallecido o no se le puede localizar: Cambio de género solamente
      • Petición de reconocimiento de cambio de género de un menor y emisión de una nueva acta de nacimiento y cambio de nombre (formulario NC-500) (instrucciones detalladas para completar este formulario disponibles aquí),
      • Declaración de tutor o abogado de dependencia (formulario NC-510G),
      • Orden de presentar motivos justificativos de reconocimiento del cambio de género de un menor y emisión de una nueva acta de nacimiento y cambio de nombre (formulario NC-520) (el secretario de la corte le pondrá una fecha de audiencia cuando se presente el formulario),
      • Orden de reconocimiento de cambio de género de un menor y emisión de una nueva acta de nacimiento (formulario NC-530G) (llene las casillas en la parte superior del formulario y el punto número 1), y
      • Carátula de caso civil (formulario CM-010).
    • Si un padre o madre vivo no firmó la petición, ha fallecido o no se le puede localizar: Cambio de género y de nombre
      • Petición de reconocimiento de cambio de género de un menor y emisión de una nueva acta de nacimiento y cambio de nombre (formulario NC-500) (instrucciones detalladas para completar este formulario disponibles aquí),
      • Declaración de tutor o abogado de dependencia (formulario NC-510G),
      • Orden de presentar motivos justificativos de reconocimiento del cambio de género de un menor y emisión de una nueva acta de nacimiento y cambio de nombre (formulario NC-520) (el secretario de la corte le pondrá una fecha de audiencia cuando se presente el formulario),
      • Adjunto suplementario a la solicitud de cambio de nombre (Declaración del tutor) (formulario NC-110G),
      • Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre para reflejar la identidad de género (formulario NC-125 / NC-225),
      • Orden de reconocimiento de cambio de género de un menor y emisión de una nueva acta de nacimiento (formulario NC-530G) (llene las casillas en la parte superior del formulario y el punto número 1), y
      • Carátula de caso civil (formulario CM-010).

  2. Haga revisar sus formularios. 
    Si el asistente de derecho de familia o el centro de ayuda de su corte ayuda a personas con casos de cambio de nombre y reconocimiento de cambio de género, pídales que revisen sus documentos. De esa manera podrá verificar que los formularios se han llenado correctamente antes de presentar el caso.

  3. Haga una copia de todos sus formularios (más una copia para cada persona con derecho a recibir la entrega legal de una notificación).

  4. Presente sus formularios ante el secretario de la corte.
    Presente todos los formularios y las copias en la corte superior que le nombró tutor o abogado de dependencia. El secretario pondrá un sello en tus formularios que dice “Filed” (Presentado), se quedará con el original y le devolverá las copias. Si se requiere el formulario NC-520 en su caso, el secretario le pondrá la fecha de audiencia. Tendrá que pagar una cuota de presentación. Averigüe cuánto es la cuota de presentación para la primera petición (a veces llamada “primera comparecencia” o “primeros documentos”). Si no tiene dinero para pagar la cuota, puede pedir una exención de cuotas.

  5. Haga la entrega legal a los padres o abuelos, si es necesario.
    Si la petición no incluye la firma de todos los padres vivos, tiene que hacerle la entrega legal de una copia de la petición y la Orden de presentar motivos justificativos de reconocimiento del cambio de género de un menor y emisión de una nueva acta de nacimiento y cambio de nombre (formulario NC-520) a todo padre o madre vivo que no haya firmado la petición. Si uno o ambos padres hayan fallecido o no pueden ser localizados, tiene que hacerle la entrega legal de la petición y la orden de presentar motivos justificativos a los abuelos, si están vivos y conocidos por el tutor o abogado de dependencia.  La orden de presentar motivos justificativos le indicará a cada padre o abuelo que presente toda objeción a la petición de reconocimiento de cambio de género por lo menos dos días antes de la fecha de la audiencia en la corte, y que presente toda objeción a la petición de cambio de nombre dentro de las seis semanas después de la fecha de la orden de presentar motivos justificativos.

    Cambio de género solamente: Hay que efectuar la entrega legal de los documentos por lo menos 30 días antes de la fecha de audiencia. La entrega legal de los documentos debe ser en persona si el padre o abuelo vive en California o, si el padre o abuelo vive fuera del estado, puede ser por correo certificado. La persona que hace la entrega legal (no puede ser usted) tiene que llenar una Prueba de entrega legal (puede utilizar el formulario POS-020 como prueba de entrega legal en persona) y usted tiene que presentar la prueba de entrega legal a la corte para demostrar que la entrega se haya realizado. Haga clic para obtener más información sobre la entrega legal.

    Cambio de género y de nombre: Hay que efectuar la entrega legal de los documentos 30 días después de la fecha en que la corte emitió la orden de presentar motivos justificativos. La entrega legal de los documentos debe ser en persona si el padre o abuelo vive en California o, si el padre o abuelo vive fuera del estado, puede ser por correo certificado. La persona que hace la entrega legal (no puede ser usted) tiene que llenar una Prueba de entrega legal (puede utilizar el formulario NC-121 como prueba de entrega legal en persona) y usted tiene que presentar la prueba de entrega legal a la corte para demostrar que la entrega se haya realizado. Haga clic para obtener más información sobre la entrega legal.

  6. Vaya a su audiencia, si es necesario.
    Si no se presenta una objeción dentro de los plazos indicados en la en la orden de presentar motivos justificativos, la corte otorgará la petición sin tener una audiencia. Contacte a la corte el día antes de la audiencia para preguntar si se hará la audiencia. 

    Si se presenta una objeción a tiempo y se programa una audiencia, vaya a la corte en la fecha de audiencia. Lleve la Orden de reconocimiento de cambio de género de un menor y emisión de una nueva acta de nacimiento (formulario NC-530G) para que la firme el juez.

  7. Obtenga su de Orden de reconocimiento de cambio de género de un menor de la corte.
    Si la corte otorga el cambio de nombre y reconocimiento de cambio de género, el juez firmará laOrden de reconocimiento de cambio de género de un menor y emisión de una nueva acta de nacimiento (formulario NC-530G). Una vez que reciba la orden firmada, obtenga una copia certificada del secretario de la corte. El menor necesitará la copia certificada para cambiar su nombre en sus documentos legales.