Cómo anular (cancelar) una orden de derecho familiar

Para solicitarle a una corte que anule (cancele) una orden de la corte o fallo, debe presentar una “solicitud de orden de anulación”, a veces llamada “petición de anulación”. El término “anular” una orden de la corte quieren decir, básicamente, “cancelar” o deshacer esa orden para comenzar desde cero respecto a un tema en particular. Cuando le pide al juez que cancele una orden de la corte, el juez tomará la decisión de cancelarla (o no) sobre la base de su solicitud, la respuesta de la otra parte y la ley.

Tenga en cuenta que usaremos la palabra “orden” tanto para “órdenes judiciales” como “fallos”.

¿Cuándo puedo presentar una solicitud para anular o cancelar una orden?

Las solicitudes para anular una orden son complicadas. La ley solo permite al juez anular (cancelar) un fallo o una orden de la corte en muy pocas situaciones. Tendrá que decirle al juez qué ley es aplicable a los hechos de su caso y por qué cree que su situación se corresponde con esa ley.

Si usted no tiene una buena razón legal para presentar una solicitud de orden de anulación pero igual lo solicita, el juez puede llegar a ordenarle pagar los honorarios de abogados y costos de la otra parte para responder a su solicitud. Entonces, asegúrese de comprender su situación y la ley antes de presentar una solicitud de anulación de una orden de la corte.

Esta sección solo contiene información general. Hable con un abogado si necesita asesoramiento sobre su situación. Si el centro de ayuda o el asistente de derecho familiar de su corte pueden ayudarle con el tipo de caso que tiene puede obtener ayuda allí. También puede contratar a un abogado de alcance limitado para que le ayude solo con algunas partes de su caso mientras usted se encarga del resto.

Importante: Tenga en cuenta que una solicitud de orden de anulación no es lo mismo que una apelación o solicitud de reconsideración. Esos 2 procedimientos tienen requisitos legales y plazos diferentes. Es importante que no los confunda porque podría dejar pasar una fecha límite si usa el procedimiento equivocado para su situación.

Si la otra parte en su caso ha presentado una solicitud para cancelar o anular una orden y usted quiere oponerse, encontrará instrucciones para hacerlo en las páginas que traten con cada tipo de solicitud.

Razones legales para anular (cancelar) un fallo u orden

Estas son las razones legales más comunes para pedirle a un juez que anule (cancele) un fallo u otro tipo de orden de la corte:


La ley aplicable a este tema está contenida en el Código de Procedimiento Civil, sección 473(b).

  • Esto quiere decir si se dictó una orden de la corte en su contra porque:
    • Usted no comprendió los hechos o la ley y su incomprensión fue razonable y justificable (no solo su desconocimiento de la ley), o
    • Usted fue sorprendido de manera inesperada o no actuó a tiempo porque confió en la actuación de otra persona o tenía información equivocada, o no pudo entender qué hacer.
    • Para estas situaciones, y otras similares, debe haber tenido una razón válida para su acción (o su falta de acción).
  • No existe una descripción clara de lo que un juez puede considerar una razón válida para anular una orden en estos casos. En sus papeles, deberá (1) describir, lo más claro posible, por qué no respondió a los documentos a tiempo, (2) explicar por qué tenía una buena razón o excusa, y (3) por qué se le deben permitir responder a la petición original u otro documento y participar en su caso.
  • Hable con un abogado,o  el centro de ayuda o asistente de derecho familiar de si corte para obtener ayuda para explicar la razón por la cual solicita la anulación de la orden.
  • El hecho de que se represente a sí mismo no es excusa de haber cometido un error.

Fecha límite para presentar la solicitud de orden:

  • La fecha límite para presentar una solicitud de anulación conforme a esta sección es de 6 meses a partir de la fecha en que se dictó la orden en su contra. Las fechas límites pueden ser difíciles de calcular, así que asegúrese de obtener ayudar para calcular la fecha límite exacta que se aplica a su caso.
  • Tiene 6 meses para presentar la solicitud de orden, PERO debe hacerlo apenas se dé cuenta del error. La ley establece que debe hacerlo en un plazo razonable, lo que quiere decir tan pronto como sea razonable una vez que se dé cuenta de que se cometió un error. No espere hasta el final de los 6 meses si se dio cuenta mucho antes de que se dictara la orden!
  • Debe presentar Y hacer la entrega legal de la solicitud de orden dentro de estos 6 meses. Vea las instrucciones a continuación sobre la “entrega legal”.

Haga clic para saber cómo presentar una solicitud de anulación en un caso de derecho familiar. Haga clic para saber cómo oponerse a una solicitud de anulación.

Importante: Para solicitudes de cancelar una orden en un caso de divorcio o separación legal, haga clic para saber cómo presentar una solicitud de anulación.  Haga clic para saber cómo oponerse a una solicitud de anulación.

Esto solo se aplica a fallos por falta de comparecencia (cuando el demandado de un caso no responde a la petición y no se presenta). La ley aplicable a este tema está contenida en el Código de Procedimiento Civil, sección 473.5.

  • Esto quiere decir que efectivamente no recibió ni vio una copia de la citación y petición. Por ejemplo, si la citación y la petición fueron entregadas mediante la publicación de los documentos en la corte o su publicación en un periódico, es posible que nunca los haya visto ni supo que se presentaron.
  • En su solicitud a la corte, debe explicar que el hecho de no haber recibido aviso de la citación y la petición NO se debe a su propio descuido inexcusable ni a que evitó recibir la entrega legal.

Fecha límite para presentar la solicitud de orden

Debe presentar una solicitud de orden conforme a esta sección dentro de un período razonable, PERO hay fechas límite estrictas:

  • Debe presentar la solicitud de orden de anulación dentro de los 2 años después de la fecha en que se dictó el fallo por falta de comparecencia en su contra.
  • La fecha límite es más pronto si los registros de la corte demuestran que recibió aviso legal por escrito del dictado del fallo por falta de comparecencia. En este caso, debe presentar la solicitud de anulación dentro de 180 días después de la fecha en que recibió ese aviso.
  • Aunque puede tener hasta 2 años, tiene que actuar en un período razonable. No espere a presentar la solicitud una vez que se entere del fallo. Tome acción cuanto antes.
  • Debe presentar Y hacer la entrega legal de la solicitud de orden dentro de este período. Vea las instrucciones a continuación sobre la “entrega legal”.

Haga clic para saber cómo presentar una solicitud de anulación. Haga clic para saber cómo oponerse a una solicitud de anulación.

Importante: Para solicitudes de cancelar una orden en un caso de divorcio o separación legal, haga clic para saber cómo presentar una solicitud de anulación.  Haga clic para saber cómo oponerse a una solicitud de anulación.

Estas razones legales para anular un fallo en casos de divorcio, separación legal o anulación de un matrimonio se basan en las secciones 2120 y 2122 del Código de Familia. Las solicitudes de anulación basadas en estas leyes son complicadas y tienen diferentes requisitos.  Hable con un abogado o el centro de ayuda o asistente de derecho familiar de su corte para averiguar si lo pueden ayudar.

A continuación sigue una breve descripción de las razones legales para este tipo de solicitud de anulación y la fecha límite para presentar su solicitud según cada razón:

  • Fraude real: Cuando a un cónyuge o una pareja de hecho se le ocultó información o se le impidió participar en el caso mediante fraude. Debe presentar la solicitud de orden de anulación dentro de un año de la fecha en que descubrió o debería haber descubierto el fraude.
  • Perjurio: Cuando un cónyuge o pareja de hecho cometió perjurio (hizo declaraciones falsas a propósito) en las declaraciones preliminares, finales o renuncia de declaración financiera de divulgación o declaraciones de gastos e ingresos. Debe presentar la solicitud de orden de anulación dentro de un año de la fecha en que descubrió o debería haber descubierto el perjurio.
  • Coacción: Cuando a un cónyuge o una pareja de hecho se le prohibió participar bajo coacción (por ejemplo, amenazas de violencia o tratamiento hostil con el objetivo de obligarlo a hacer algo que no quiere). Debe presentar la solicitud de orden de anulación dentro de 2 años de la fecha de dictado del fallo.
  • Incapacidad mental: Cuando un cónyuge o una pareja de hecho no pudo participar debido a su incapacidad mental. Debe presentar la solicitud de orden de anulación dentro de 2 años de la fecha de dictado del fallo.
  • Incumplimiento de los requisitos de revelación financiera: Cuando un cónyuge o una pareja de hecho descubre que la otra parte no cumplió con los requisitos de revelación. Debe presentar la solicitud de orden de anulación dentro de un año de la fecha en que descubrió o debería haber descubierto el incumplimiento de las revelaciones financieras.
  • En fallos por acuerdo (estipulados) o sin objeción: Cuando hubo un error de una o ambas partes. Debe presentar la solicitud de orden de anulación dentro de un año de la fecha de dictado del fallo.

Haga clic para saber cómo presentar una solicitud de anulación. Haga clic para saber cómo oponerse a una solicitud de anulación.

Importante: Para solicitudes de cancelar una orden en un caso de divorcio o separación legal, haga clic para saber cómo presentar una solicitud de anulación.  Haga clic para saber cómo oponerse a una solicitud de anulación.

.

Hay otras vías legales para hacer una solicitud de orden de anulación de un fallo o una orden. Estas son las principales en casos de derecho familiar:

  • Solicitud de orden de anulación de un fallo de paternidad. Para obtener información, lea sobre los casos en los cuales se ha establecido la paternidad por orden judicial (de la corte).
  • Solicitud de orden de anulación de un fallo por falta de comparecencia conforme a la Ley de Reparación para los Miembros de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (Servicemembers Civil Relief Act, SCRA). Es aplicable cuando se dicta un fallo por falta de comparecencia contra alguien que está en las fuerzas armadas, en servicio activo o dentro de los 60 días de finalizar su servicio. Le permite al miembro solicitar una orden de reapertura del caso si estar en el ejército tuvo un efecto significativo sobre la capacidad del miembro de participar en el caso y hubiera tenido  una defensa legal en el caso. El miembro debe presentar la solicitud de orden de anulación dentro de 90 días de finalizar su servicio militar. Haga clic para obtener instrucciones sobre cómo presentar una solicitud de orden de anulación. Haga clic para saber cómo oponerse a una solicitud de orden de anulación.
  • Solicitud de orden de anulación sobre la base de reparación equitativa. Estos tipos de solicitudes de orden se basan en la facultad de la corte de asegurar que las órdenes de la corte sean justas y que las partes hayan tenido una oportunidad justa de participar en el caso. Estas solicitudes de anulación son difíciles de hacer y se aplican en casos muy limitados. Hable con un abogado para obtener más información o pregunte al centro de ayuda o asistente de derecho familiar de su corte para averiguar si le pueden ayudar.