Guía para sellar los expedientes de la corte de menores

La guía contiene información sobre

  • Sellar expedientes de menores
  • Quién es elegible para sellar su expediente
  • Cómo solicitar que se sellen sus expedientes

Sellar expedientes de la corte de menores

¿Tiene un expediente de menores?

Si fue arrestado o estuvo involucrado en un caso de la corte o tuvo contacto con el sistema de justicia de menores cuando tenía menos de 18 años, las cortes, la policía, las escuelas u otras agencias públicas pueden tener expedientes sobre lo que hizo. 

Para ciertos tipos de casos, una corte puede sellar automáticamente los expedientes de menores. Para otros tipos de casos, usted puede solicitar a la corte que los selle.  

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Estas instrucciones son solo para expedientes de menores, no para expedientes de condenas de adultos. Si fue condenado en una corte penal para adultos cuando era menor de edad, infórmese sobre cómo limpiar un expediente de adulto

Cómo puede afectarle un expediente de menores y cómo puede ayudar que se selle

Si tiene un expediente de menores que no está sellado, podría ser más difícil para usted  

  • Encontrar un trabajo 

  • Conseguir una licencia de manejar 

  • Conseguir un préstamo 

  • Rentar un apartamento 

  • Ir a la universidad 

Cuando la corte sella sus expedientes, significa que su caso de la corte ya no existe para la mayoría de los propósitos. Esto significa que puede decir legalmente y con veracidad que no tiene ningún expediente criminal cuando alguien le pregunta sobre sus antecedentes penales. Si la corte sella un expediente que requiere que usted se registre como agresor sexual, la orden dirá que no tiene que seguir registrándose. 

No necesita informar sobre expedientes de menores sellados en su trabajo, escuela u otras solicitudes. Puede haber una excepción a esto si desea unirse a las fuerzas armadas u obtener una autorización de seguridad federal. Si necesita asesoría o tiene más preguntas sobre lo que el empleador podría ver o usar, hable con un abogado.  

Algunas agencias gubernamentales y la corte pueden acceder a los expedientes de menores sellados, pero solo para propósitos específicos.

  • El Departamento de Vehículos Motorizados (DMV, por sus siglas en inglés)

    El DMV puede compartir sus expedientes de vehículo y de tráfico con las compañías de seguros. 

  • La corte 

    La corte puede ver sus expedientes si usted es testigo en un caso, si está involucrado en un caso de difamación o si solicita beneficios extendidos de familias de crianza.

  • Un fiscal (o Departamento de Condena Condicional)

    El fiscal y otros pueden ver su expediente para determinar si usted es elegible para participar en un programa de aplazamiento de la publicación de fallo. Un fiscal también puede ver el expediente para ver si hay información que pueda ayudar a un demandado en otro caso.

  • Un fiscal o un juez

    Si fue víctima de ciertos delitos y solicita la certificación en relación con un asunto de inmigración, el juez o el fiscal pueden ver el expediente para determinar si ayudó en una investigación o un enjuiciamiento.

Si su expediente sellado es por un delito de la sección 707(b) del Código de Bienestar e Instituciones (en inglés) y más tarde lo acusan de un delito mayor, la fiscalía puede solicitar más adelante que se reabra el expediente.

Puede obtener más información sobre quién puede acceder a los expedientes o reabrirlos en Cómo pedir a la corte que selle sus expedientes (formulario JV-595-INFO S).

¿Su expediente ya estaba sellado?

En ciertos tipos de casos, una corte sellará automáticamente el expediente de menores. Si su caso no pertenece a una de estas categorías, puede solicitarle a la corte que selle su expediente.  

Cuándo los expedientes se sellan automáticamente:

La corte tiene que desestimar automáticamente su caso si

  • Su caso es desestimado por la corte de menores después del 1.º de enero de 2015, 

  • No se determinó que usted cometiera un delito indicado en la sección 707(b) del Código de Bienestar e Instituciones (en inglés) cuando tenía 14 años de edad o más (estos son delitos violentos como matar, violar o secuestrar, y también algunos delitos relacionados con drogas o armas), y 

  • Ha completado con éxito la condena condicional. 

Si la corte no determina que ha completado satisfactoriamente su condena condicional, es posible que no desestime su caso y no selle sus expedientes automáticamente. En ese caso, si desea que se sellen sus expedientes, tendrá que solicitarle a la corte que selle sus expedientes. Esta es otra razón por la que es importante que preste atención a los términos y condiciones de su condena condicional y trabaje para que su caso sea desestimado con éxito. 

Si la corte sella sus expedientes por completar satisfactoriamente la condena condicional, algunas agencias aún podrán verlos en algunas situaciones: 

  • Si sus expedientes fueron sellados por la corte cuando se desestimó el caso, el fiscal y otros pueden revisar su expediente para determinar si usted es elegible para participar en un programa de aplazamiento del registro de fallo o de supervisión informal. 

  • Si solicita beneficios como dependiente que no es menor de edad (cuando está en cuidado extendido de familias de crianza), la corte puede ver sus expedientes. 

  • Si se presenta una nueva petición en su contra por un delito grave, el Depto. de Condena Condicional la puede ver en qué programas ha participado, pero no puede usar esa información para mantenerlo en un centro de detención de menores o para castigarlo. 

  • Si la corte de menores determina que usted ha cometido un delito grave, la corte puede ver sus expedientes sellados para determinar qué disposición (condena) debe ordenar la corte. 

  • Si lo arrestan por un nuevo delito y el fiscal solicita a la corte que lo transfiera a una corte para adultos, la corte puede revisar su expediente para determinar si es apropiado transferirlo a una corte para adultos. 

  • Si está en una familia de crianza, la oficina de bienestar infantil puede revisar sus expedientes para determinar dónde debería vivir y qué servicios necesita. 

  • Si no se le permite tener un arma debido a su delito, el Departamento de Justicia puede ver sus expedientes para asegurarse de que usted no compre ni venda un arma. 

  • Si el fiscal piensa que hay algo en su expediente que sería útil para alguien que ha sido acusado de un delito en otro caso, puede solicitar a la corte que proporcione esta información. Si solicita a la corte esa información, la corte se lo comunicará a usted y a su abogado y usted puede objetar. 

  • Si un juez o fiscal necesita determinar si una víctima de ciertos delitos ayudó en la investigación o en el enjuiciamiento del delito cuando la víctima solicita certificación en relación con un asunto de inmigración, puede acceder a sus expedientes para tomar esta determinación. 

  • Si se presenta una nueva petición en su contra y se plantea la cuestión de su competencia para participar en su caso, el Departamento de Condena Condicional, el fiscal, su abogado y la corte pueden examinar sus expedientes anteriores relacionados con la competencia para evaluar su capacidad actual para comprender y participar en los procedimientos de la corte de menores. 

Incluso si alguien ve sus expedientes en una de estas situaciones, sus expedientes permanecerán sellados en el futuro y no necesita solicitar a la corte que los selle nuevamente.

El aplazamiento de la publicación de fallo permite que un menor (de 14 años o más) acusado de al menos un delito mayor sea elegible para un programa de condena condicional. Si el menor admite los cargos y completa con éxito la condena condicional del aplazamiento del registro de fallo (DEJ, por sus siglas en inglés), la corte de menores desestima el caso y sella los expedientes de la corte y de arresto del menor. 

La corte tiene que ordenar que se sellen sus expedientes cuando desestimó su caso si 

Si no completó el acuerdo de manera adecuada y la corte dictó un fallo en su contra, tendrá que solicitarle a la corte que selle sus expedientes mediante la presentación de una petición. 

A partir del 1.º de enero de 2018, si usted

Departamento de Condena Condicional sellará sus expedientes de condena condicional y notificará a la agencia del orden público que lo arrestó, así como a cualquier agencia que opere un programa alternativo para que selle sus expedientes.

El Departamento de Condena Condicional le tiene que informar si ha sellado sus expedientes. Si no sella sus expedientes, el Departamento de Condena Condicional tiene que decirle por qué por escrito. Si sus expedientes no están sellados porque el Departamento de Condena Condicional determinó que usted no completó el programa satisfactoriamente, puede solicitarle a la corte que revise esa decisión y si la corte determina que completó el programa satisfactoriamente, ordenará al Departamento de Condena Condicional que selle sus expedientes. 

A partir del 1.º de enero de 2021, si participó en un programa alternativo del orden público y no se le remitió al Departamento de Condena Condicional, la agencia del orden público sellará sus expedientes si completa satisfactoriamente el programa y le informará que se sellaron. Si la agencia no sella los expedientes, le informará y le permitirá que usted le solicite que reconsidere si completó satisfactoriamente el programa.

Cómo sellar su expediente si aún no estaba sellado

Quién califica para sellar su expediente

Por lo general, puede solicitar que se sellen sus expedientes si

  • Tiene al menos 18 años o han pasado al menos 5 años desde que se cerró su caso
  • La corte está convencida de que se ha rehabilitado.

No es elegible si, como adulto, fue condenado por un delito de bajeza moral (como asesinato, delito sexual, delito grave de drogas o fraude).

Existen otros requisitos si desea sellar una condena, los cuales están enumerados en la sección 707(b) del Código de Bienestar e Instituciones (en inglés) (delitos graves y violentos). Para solicitar que se selle un delito según la sección 707(b), tiene que

  • tener 21 años y haber completado la supervisión de la División de Justicia de Menores, o
  • tener 18 años y haber completado su supervisión de libertad vigilada

Si la corte sella estos expedientes, no los destruirá. La fiscalía, Libertad Vigilada o la corte pueden acceder a los expedientes si tiene un caso de delito mayor posterior.

No es elegible si, cuando tenía 14 años o más, cometió un delito sexual indicado en la sección 707(b) del Código de Bienestar e Instituciones (en inglés) que requirió que se registrara como agresor sexual según la sección 290.008 del Código Penal (en inglés).

Cómo solicitar que se selle su expediente

Si la corte no selló sus expedientes automáticamente, tendrá que solicitarle a la corte que selle sus expedientes. Si su caso fue desestimado antes del 1.º de enero de 2015, es muy probable que tenga que hacer esto.

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No hay ningún costo por solicitar sellar sus expedientes. Pero puede tomar meses. Si cree que podría desear que se selle su expediente en el futuro, comuníquese con el Departamento de Condena Condicional donde ocurrió su caso para averiguar cómo comenzar.

 

Instrucciones paso a paso para solicitar sellar los expedientes

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