R. En general, el que paga puede deducir la manutención del cónyuge de sus ingresos, y el que la recibe la tiene que declarar como ingreso tributable.
Si tiene un matrimonio válido entre dos personas del mismo sexo, hable con un abogado para que lo asesore. Los matrimonios entre dos personas del mismo sexo, aunque sean legales en algunos estados, no están reconocidos por las leyes federales, así que la manutención del cónyuge de un divorcio de un matrimonio del mismo sexo se podría tratar de manera distinta por motivos tributarios.
R. Las leyes tributarias federales y estatales no han cambiado para reconocer a las parejas de hecho. Estas leyes pueden ser muy complicadas y es importante hablar con un abogado o contador con conocimientos en esta área sobre ingresos, bienes y otros impuestos.
R. Sí. La mediación le puede ayudar a resolver desacuerdos sobre temas de dinero, como la manutención del cónyuge o pareja de hecho, la manutención de los hijos y cómo repartir los bienes. En algunos condados el asistente de derecho familiar le puede ofrecer algunos servicios de mediación para la manutención de los hijos.
También pueden contratar a un mediador privado para ayudarles a ponerse de acuerdo sobre temas de dinero Y de crianza de los niños. Pero no es obligatorio. Los mediadores privados en general son abogados o profesionales de la salud mental. En general cobran entre $50 y $250 por hora. En general ambas partes comparten este costo.Para aprender más sobre cómo la mediación lo puede ayudar, lea Métodos alternativos para resolver conflictos: Opciones para resolver su conflicto (en formato PDF y en inglés) o póngase en contacto con el asistente de derecho familiar de su condado.
R. Es ilegal que cualquier empleador discrimine contra un empleado, tome represalias o despida a un empleado por una asignación de sueldo. Si cree que su empleador está discriminando contra usted o que lo despidió solamente por la asignación de sueldo, hable con un abogado o con su asistente de derecho familiar. Haga clic para obtener ayuda para encontrar un abogado.
R. Sí. Pero será casi imposible cobrarla, a menos que la persona presa tenga bienes u otros ingresos. Una persona en la cárcel o prisión tiene que tomar medidas para cambiar la manutención del cónyuge, pareja o de los hijos mientras está presa. Si no, el monto total de manutención del cónyuge o pareja de hecho y de los hijos se seguirá acumulando y la persona tendrá que pagar todo lo que debe al ser liberada, más intereses.
Una persona encarcelada debería ponerse en contacto con la agencia local de manutención de los hijos (LCSA), si está involucrada en el caso, para modificar la orden de manutención del cónyuge o pareja de hecho y orden de manutención de los hijos.
Si la LCSA no está involucrada, la persona ordenada a pagar la manutención debería ponerse en contacto con el asistente de derecho familiar para que la ayude a pagar la manutención mientras está presa (en la cárcel o prisión).
R. Sí. La mediación le puede ayudar a resolver desacuerdos sobre temas de dinero, como la manutención del cónyuge o pareja de hecho, la manutención de los hijos y cómo repartir los bienes. En algunos condados el asistente de derecho familiar le puede ofrecer algunos servicios de mediación para la manutención de los hijos.
También pueden contratar a un mediador privado para ayudarles a ponerse de acuerdo sobre temas de dinero Y de crianza de los niños. Pero no es obligatorio. Los mediadores privados en general son abogados o profesionales de la salud mental. En general cobran entre $50 y $250 por hora. En general ambas partes comparten este costo.Para aprender más sobre cómo la mediación lo puede ayudar, lea Métodos alternativos para resolver conflictos: Opciones para resolver su conflicto (en formato PDF y en inglés) o póngase en contacto con el asistente de derecho familiar de su condado.
R. No. La agencia local de manutención de los hijos le puede ayudar a hacer cumplir una orden de manutención del cónyuge o pareja de hecho existente, pero sólo si también está manejando su caso de manutención de los hijos. Si solamente tiene un caso de manutención del cónyuge/pareja de hecho, la LCSA no lo puede ayudar.
Es ilegal que cualquier empleador discrimine contra un empleado, tome represalias o despida a un empleado por una asignación de sueldo. Si cree que su empleador está discriminando contra usted o que lo despidió solamente por la asignación de sueldo, hable con un abogado o con su asistente de derecho familiar. Haga clic para obtener ayuda para encontrar un abogado.
Depende. Si la orden de la corte para manutención del cónyuge o pareja de hecho ya incluye una fecha en la que finalizará la manutención, no tiene que hacer nada. Si se están reteniendo sus ingresos, es posible que tenga que preparar una nueva Orden de asignación de ingresos para la manutención del cónyuge o pareja de hecho
La manutención del cónyuge o pareja de hecho también se da por terminada si su ex cónyuge o pareja de hecho se vuelve a casar o a formar una nueva pareja de hecho. Es posible que tenga que preparar una nueva Orden de asignación de ingresos para la manutención del cónyuge o pareja de hecho que indique que el monto de manutención es de $0.
Pregúntele al secretario de la corte cuál es el procedimiento en su corte. O pídale ayuda al asistente de derecho familiar de su corte.
Si sus obligaciones de manutención están terminando porque su ex cónyuge o pareja de hecho se ha vuelto a casar o ha registrado una pareja de hecho nueva, es posible que la corte también requiera que presente formalmente una solicitud para dar por terminada la manutención. Esta solicitud se llama una “petición” y el proceso es el mismo que para cambiar una orden de manutención del cónyuge o pareja de hecho. Haga clic para averiguar cómo presentar documentos para dar por terminada la orden de manutención del cónyuge/pareja de hecho.
Si la agencia local de manutención de los hijos está involucrada en el cumplimiento de la manutención del cónyuge/pareja de hecho y manutención de los hijos en su caso, es posible que pueda dar por terminada la manutención del cónyuge o pareja de hecho sin tener que ir a la corte. Averigüe si la LCSA puede ponerse en contacto con su ex cónyuge o pareja de hecho en su nombre para verificar el nuevo matrimonio o pareja de hecho y preparar un acuerdo para dar fin a la manutención del cónyuge.
Tenga en cuenta que si debe un monto atrasado de manutención del cónyuge o pareja de hecho, tendrá que seguir efectuando pagos hasta que termine de pagar lo que debe, incluyendo todos los intereses acumulados.
R. Sí. Pero será casi imposible cobrarla, a menos que la persona presa tenga bienes u otros ingresos.
Una persona en la cárcel o prisión tiene que tomar medidas para cambiar la manutención del cónyuge, pareja o de los hijos mientras está presa. Si no, el monto total de manutención se seguirá acumulando y la persona tendrá que pagar todo lo que debe al ser liberada, más los intereses.
Si la agencia local de manutención de los hijos (LCSA) está involucrada en el caso, una persona que va a la cárcel debe comunicarse con ellos para modificar la orden de manutención de los hijos y del cónyuge o pareja de hecho.
Si la LCSA no está involucrada, la persona ordenada a pagar la manutención debería ponerse en contacto con el asistente de ferecho familiar para que la ayude a parar la manutención mientras está presa (en la cárcel o prisión).
R. Depende. Si la orden de la corte para manutención del cónyuge o pareja de hecho ya incluye una fecha en la que finalizará la manutención, no tiene que hacer nada. Si se están reteniendo sus ingresos, es posible que tenga que preparar una nueva Orden de asignación de ingresos para la manutención del cónyuge o pareja de hecho
La manutención del cónyuge o pareja de hecho también se da por terminada si su ex cónyuge o pareja de hecho se vuelve a casar o forma una nueva pareja de hecho. En ese caso, pídale ayuda al asistente de derecho familiar de su corte. Es posible que tenga que hacer preparar una nueva Orden de asignación de sueldo para manutención del cónyuge o pareja de hecho que indique que el monto de manutención es de $0.
O, su corte puede requerir que presente una solicitud formal para dar por terminada su manutención. Esta solicitud se llama una “petición” y el proceso es el mismo que para cambiar una orden de manutención del cónyuge o pareja de hecho. Haga clic para averiguar cómo presentar los documentos para dar por terminada la orden de manutención del cónyuge/pareja de hecho.
Si la agencia local de manutención de los hijos (en inglés) está involucrada en el cumplimiento de la manutención del cónyuge/pareja de hecho y manutención de los hijos en su caso, es posible que pueda dar por terminada la manutención del cónyuge o pareja de hecho sin tener que ir a la corte. Averigüe si la LCSA puede ponerse en contacto con su ex cónyuge o pareja de hecho en su nombre para verificar el nuevo matrimonio o pareja de hecho y preparar un acuerdo para dar fin a la manutención del cónyuge.
Tenga en cuenta que si debe un monto atrasado de manutención del cónyuge o pareja de hecho, tendrá que seguir efectuando pagos hasta que termine de pagar lo que debe, incluyendo todos los intereses acumulados.
R. La agencia local de manutención de los hijos (LCSA) ayuda a los padres a cobrar los pagos de manutención de los hijos y una orden de manutención del cónyuge/pareja de hecho, si también hay una. Cuando se involucran en el caso, ellos se comunicarán con usted sobre cualquier cosa relacionada con las órdenes de manutención.
Si se atrasa en los pagos, la LCSA tiene varias herramientas que puede usar para ayudar a su ex cónyuge/pareja de hecho a cobrar sus pagos:
R. Una persona no puede ir presa solamente porque tiene una deuda.
Pero la persona que debe manutención está ignorando una orden de la corte de pagar la manutención, así que se la puede procesar por desacato y posiblemente encarcelar por ese motivo. Esta herramienta de cumplimiento en general se usa como último recurso, cuando todos los demás esfuerzos han fallado. Si lo están acusando de desacato y puede enfrentar cargos penales, tiene derecho a hablar con un abogado. Si no puede pagar a un abogado, pídale a la corte que le asigne uno.