En cada caso de manutención del cónyuge o pareja de hecho, la corte ordenará que se emita y entregue legalmente una asignación de sueldo (también llamada "retención de sueldo"). La asignación de sueldo le ordena a su empleador que descuente los pagos de manutención de su sueldo.
En general, ambas partas pueden acordar que se efectúen los pagos de otra manera y pueden pedir que la entrega legal de la asignación de sueldo (es decir, el envío de la orden de asignación de sueldo al empleador) se "suspenda". En esta situación, las partes deciden cómo se pagará la manutención del cónyuge o pareja de hecho, y lo manejan ellos mismos.
En algunos casos, está involucrada la agencia local de manutención de los hijos (LCSA). La LCSA sólo está involucrada si también hay una orden de manutención de los hijos en su caso y 1 de ustedes le pidió ayuda para hacer cumplir todos los pagos de manutención (tanto del cónyuge/pareja de hecho como de los hijos). La LCSA también puede estar involucrada si 1 de ustedes recibe ayuda del gobierno para sus hijos (como CalWORKS). Si la LCSA está involucrada, la LCSA tiene que aceptar la "suspensión" de la asignación de sueldo. Si el cónyuge/pareja que recibe la manutención de los hijos y del cónyuge o pareja de hecho NO recibe ayuda del gobierno, la LCSA probablemente aceptará que hagan arreglos para los pagos ustedes mismos.
¡¡IMPORTANTE!! Si el motivo por el cual no puede pagar, o se está atrasando en los pagos de manutención del cónyuge o pareja de hecho es que perdió su trabajo, bajaron sus ingresos, fue a la cárcel u ocurrió algún otro cambio importante, tiene que pedirle a la corte que cambie el monto de su manutención del cónyuge o pareja de hecho. NO ESPERE. Aunque pierda el trabajo, será responsable por el monto completo de manutención del cónyuge o pareja de hecho hasta que se dicte otra orden.
Haga clic para obtener más información sobre cómo cambiar su orden de manutención. O póngase en contacto con el asistente de derecho familiar para recibir ayuda con sus formularios y comprender lo que tiene que hacer.
Después de que la corte decida el monto de manutención del cónyuge y/o manutención de los hijos, la asignación de sueldo (también llamada "retención de sueldo") le dirá al empleador cuánto tiene que deducir de cada cheque de sueldo y dónde enviar el pago.
Con la asignación de sueldo, si tiene un empleo estable, el empleador retendrá los pagos de manutención directamente de su cheque de paga. La mayor parte de la manutención se paga de esta manera, y las leyes estatales y federales lo exigen en casi todos los casos de manutención. Si hay una asignación de sueldo, es responsabilidad del empleador retener el sueldo del empleado. Si también tiene una asignación de sueldo para la manutención de los hijos, se retiene primero la manutención de los hijos. Después de las asignaciones de manutención de los hijos vienen las órdenes de manutención del cónyuge/pareja de hecho.
Si la agencia local de manutención de los hijos (LCSA) está involucrada en su caso, automáticamente emitirá la orden de asignación de sueldo y empezará a cobrar la manutención de su cheque por medio de su empleador.
Si la LCSA no está involucrada en su caso, su ex cónyuge o pareja de hecho, o la corte misma, preparará una orden de asignación de sueldo y se la enviará a su empleador.
Si la asignación de sueldo es solamente para manutención del cónyuge o pareja de hecho, el empleador enviará los pagos al cónyuge o pareja de hecho directamente.
Cuando una asignación de sueldo incluye manutención de los hijos, los empleadores tienen que enviar los pagos retenidos a la Unidad de Distribución del Estado de California (SDU). Esto significa que los pagos de manutención del cónyuge o pareja de hecho (junto con los de manutención de los hijos) probablemente llegarán a la persona que recibe la manutención de la SDU y no directamente del empleador o de la persona que paga (o de la LCSA, si está involucrada en su caso). El recibir pagos por medio de la SDU NO significa que tenga un caso abierto con la agencia local de manutención de los hijos.
Si tiene preguntas sobre la SDU, póngase en contacto con la SDU directamente al 1-866-325-1010 ó visite el sitio web de la California State Disbursement Unit (Unidad de Distribución del Estado de California).
En general no puede oponerse a una asignación de sueldo (también llamada "retención de sueldo") en la corte, porque las asignaciones de sueldo están permitidas por ley. No obstante, en algunas circunstancias puede objetar a la asignación de sueldo ordenada a su empleador. Por ejemplo, si usted y su ex cónyuge o pareja de hecho tienen un acuerdo que dice que no se va a asignar el sueldo, puede ser posible solicitarle a la corte que revise su caso.
Cómo solicitar que se anule ("suspenda" o "cancele") la asignación de sueldo
Cuando se le envía una orden de asignación de sueldo a su empleador, el empleador le dará una copia en blanco de Solicitud de audiencia sobre asignación de sueldo (formulario FL-450) (en inglés). Tiene 10 días después de haber recibido este formulario para solicitar una audiencia sobre la asignación de sueldo. En el formulario, tendrá oportunidad de explicar por qué no quiere que se retenga la manutención de su sueldo. Cuando vaya a la corte, el juez tomará una decisión.
Las razones por las que puede pedir que se cancele la asignación de sueldo son:
Cómo solicitar que se "suspenda" ("ponga en espera") la entrega de la orden de asignación de sueldo
En algunos casos, es posible "suspender" ("poner en espera") la entrega de la orden de asignación de sueldo, lo que significa que no se enviaría la orden de asignación de sueldo a su empleador, y podría pagar la manutención por su cuenta. Lea Suspensión de la entrega de la orden de asignación de ingresos (formulario FL-455) (en inglés) para obtener más información sobre las razones por las que puede pedir una suspensión.
En general, las razones para solicitar una "suspensión" de la entrega de una asignación de sueldo son:
Para pedirle al juez que suspenda la asignación de sueldo:
Para obtener más información sobre cómo "suspender" una asignación de sueldo, vea Suspensión de la entrega de una orden de asignación de ingresos (formulario FL-455) (en inglés).
Si no cumple con su acuerdo, su ex cónyuge o pareja de hecho (o la LCSA, si está involucrada) pueden pedirle a la corte que cancele la suspensión de la entrega de orden de asignación de sueldo, y que le pida al empleador que comience a retener su sueldo.
Cuando se le envía una orden de asignación de sueldo a su empleador, el empleador le dará una copia en blanco de Solicitud de audiencia sobre asignación de sueldo (formulario FL-450) (en inglés). Tiene 10 días después de haber recibido este formulario para solicitar una audiencia sobre la asignación de sueldo. En el formulario podrá explicar por qué cree que el monto que aparece en la Orden de asignación de sueldo es incorrecto. Cuando vaya a la corte, el juez tomará una decisión.
Recuerde que este no es el mismo formulario utilizado para solicitar una modificación del monto de manutención del cónyuge o pareja de hecho. Se usa SOLAMENTE cuando cree que el monto descontado de su sueldo es incorrecto. Haga clic para cambiar el monto de manutención del cónyuge o pareja de hecho que tiene que pagar.
Si su empleador está reteniendo demasiado dinero de su cheque de paga y no puede pagarlo, es posible que pueda hacer algo. Depende de los montos que se retengan de su cheque.
Si su empleador está descontando solamente la manutención del cónyuge o pareja de hecho mensual ordenada por la corte (sin nada agregado), probablemente lo único que pueda hacer es pedirle a la corte que cambie su manutención del cónyuge o pareja de hecho. PERO si acaba de tener una audiencia en la corte y el juez dictó dicha orden, y no ha cambiado nada desde la audiencia, probablemente no tendrá éxito, ya que la orden muestra el monto que el juez dictaminó que debe pagar.
Si su empleador está reteniendo un monto mucho mayor de lo que dice su orden de manutención mensual del cónyuge o pareja de hecho, probablemente tenga un saldo de pagos atrasados de manutención. En ese caso, es posible que pueda hacer algo al respecto. La corte (y la LCSA, si está involucrada en su caso) tienen un poco más de flexibilidad para decidir cuánto dinero tiene que pagar todos los meses para ponerse al día con sus pagos de manutención atrasados.
Primero, si está involucrada en su caso, póngase en contacto con la agencia local de manutención de los hijos (LCSA) para ver si puede hacer arreglos para bajar los pagos. Si eso no funciona, puede presentar formularios ante la corte para pedirle al juez que ordene un pago que esté a su alcance. No se olvide de que este pago es por sus deudas atrasadas de manutención del cónyuge o pareja de hecho, y probablemente por la manutención de los hijos.
Si la LCSA no está involucrada en su caso, puede presentar una solicitud ante la corte para fijar un monto de pago que pueda costear. Hable con el asistente de derecho familiar para saber qué formularios de la corte le conviene usar en su caso.
Los procedimientos pueden entre una corte y otra, pero en general si decide hacerlo solo, tendrá que tomar estos pasos:
En su formulario FL-300, marque la casilla 8 ("Other relief" - "Otra reparacíón judicial") y escriba "Set monthly liquidation payment of $ (escriba aquí un monto razonable)" ["Establézcase un pago mensual de liquidación de $"]. El "pago de liquidación" es el pago que va hacia el monto de manutención atrasada del cónyuge o pareja de hecho.
Es muy importante que llene el formulario FL-150 cuidadosa y completamente. Ese formulario le mostrará a la corte por qué no puede costear el alto monto de pagos indicado en la asignación de sueldo para pagar el saldo de manutención atrasada.
Si los documentos se entregaron por correo, la persona que hizo la entrega legal tiene que llenar una Prueba de entrega por correo (formulario FL-335).
Para obtener más información sobre cómo prepararse para su audiencia en la corte, lea Ir a la corte.
En su audiencia, el juez determinará cuánto tendrá que pagar en concepto de manutención del cónyuge o pareja de hecho atrasada. No se olvide que este monto es adicional a los pagos mensuales regulares de manutención del cónyuge o pareja de hecho que ya le ordenaron pagar.