Cómo cambiar el nombre de un niño

Para poder cambiar legalmente el nombre de un menor, en general necesitará una orden de la corte. Tiene que presentar una Solicitud de cambio de nombre. Para hacer una solicitud en nombre de un menor, usted tiene que ser su padre o tutor legal.

Si está involucrado en un caso de derecho de familia, como por ejemplo de paternidad, manutención o custodia de los hijos, y todavía no se dictó un fallo final, puede pedir que el nombre se cambie como parte del fallo en el formulario FL-250 (en español).

Si no está tratando de cambiar el nombre de su hijo, sino sólo de corregir un error tipográfico en su certificado de nacimiento, haga clic para obtener instrucciones para corregir el acta de nacimiento de su hijo (en inglés).

Proceso de cambio de nombre

Después de presentar la Solicitud de cambio de nombre, le darán una audiencia en la corte entre 6 a 12 semanas más tarde. Si usted y el otro padre de su hijo presentaron los documentos conjuntamente, lo único que tienen que hacer antes de la audiencia es publicar la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre en un periódico (le diremos cómo hacerlo en nuestra guía de instrucciones en la próxima sección). Si sólo 1 de los padres está solicitando el cambio de nombre, le tiene que informar al otro padre sobre la Solicitud de cambio de nombre y la fecha de audiencia en la corte para considerar la solicitud. El otro padre tiene el derecho de oponerse a su solicitud para cambiar el nombre de su hijo.

Si el otro padre de su hijo no está de acuerdo en cambiar el nombre de su hijo, el juez tomará la decisión que más le convenga a su hijo. El juez escuchará todo lo que usted y el otro padre tienen que decir, analizará la situación y decidirá lo que más le conviene a su hijo.

Si la corte decide que lo mejor para su hijo sería cambiar de nombre, dictará una orden de cambio de nombre. Si la corte decide que lo mejor para su hijo sería no cambiar de nombre, rechazará su solicitud.

Una vez que la corte emita el decreto de cambio de nombre de su hijo, lo puede usar para cambiar su nombre legal en todos sus documentos de identidad, como pasaportes y tarjetas del Seguro Social. En general necesitará una copia certificada del decreto de cambio de nombre para poder cambiar los documentos de identidad emitidos por el gobierno. El secretario de la corte le puede suministrar una copia certificada. Tendrá que pagar una pequeña cuota o pedir una exención de cuotas, si es elegible.

Además, una vez que el nombre de su hijo cambie legalmente por una orden de la corte, le conviene corregir también su certificado de nacimiento. Haga clic para obtener instrucciones para cambiar el acta de nacimiento con una orden judicial (en inglés).

Nota: Si es víctima de violencia en el hogar y quiere mantener su cambio de nombre confidencial, hay maneras de hacerlo y no aparecer en los expedientes de la corte. Puede inscribirse en el programa Safe at Home (Seguro/a en la casa) (en inglés) para mantener la información confidencial. Pida ayuda en el albergue local contra violencia en el hogar, la unidad de servicios para víctimas de la oficina local del fiscal o al asistente de derecho familiar. Haga clic para encontrar su agencia local de violencia en el hogar (en inglés).

Guía de instrucciones para cambiar el nombre de su hijo

Nota: Todos los formularios están en inglés a menos que se especifique que están disponibles en español, pero recuerde que se deben llenar en inglés.

Si ambos padres están de acuerdo y hacen una presentación conjunta para cambiar el nombre de su hijo

Siga estos pasos:


1. Llene sus formularios de la corte

Llene estos formularios:

  • Solicitud de cambio de nombre (formulario NC-100), incluyendo el Adjunto a la solicitud de cambio de nombre (formulario NC-110). Necesita 1 adjunto por cada menor cuyo nombre quiera cambiar. Ambos padres tienen que firmar cada adjunto. 
  • Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre (formulario NC-120). 
  • Carátula de caso civil (formulario CM-010).  

Algunas cortes también requieren que llene formularios locales para solicitar un cambio de nombre. Pregúntele al secretario de su corte si tiene que llenar formularios locales. Es posible que también pueda encontrar estos formularios en el sitio web de su corte local.

2. Haga revisar sus formularios

Si el asistente de derecho familiar o el centro de ayuda de su corte ayudan a la gente con casos de cambio de nombre, pídales que revisen sus documentos. De esa manera podrá verificar que los formularios se han llenado correctamente antes de presentar el caso.

3. Haga por los menos 3 copias de todos sus formularios

El original será para la corte. Una copia será para usted, y otra será para el otro padre. La tercera la necesitará para publicar el aviso en el periódico.

4. Presente sus formularios ante el secretario de la corte

Presente todos sus formularios, junto con las copias, en la corte del condado donde vive su hijo. El secretario pondrá un sello en sus formularios que dice “Filed” (Presentado), se quedará con los originales y le devolverá las copias. La Orden de presentar motivos justificativos tendrá información sobre la fecha, hora y número del departamento de la corte donde se realizará la audiencia.

Tendrá que pagar una cuota de presentación. Haga clic para saber cuánto es la cuota de presentación (en inglés) para la primera petición (a veces llamada “primera comparecencia” o “primeros documentos”). Si no puede pagar la cuota de presentación, puede solicitar una exención de cuotas.

5. Publique la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre

En la mayoría de los casos tendrá que publicar la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre (formulario NC-120) en un periódico de circulación general una vez por semana durante 4 semanas consecutivas. Su corte probablemente le pueda dar una lista de periódicos aprobados para publicar avisos legales.

El costo de la publicación varía mucho de un periódico a otro, y aunque la corte le dé una exención de cuotas, igual tendrá que pagar las cuotas de publicación. Así que es muy importante que verifique el precio de publicación ANTES de poner el nombre del periódico en su Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre. Esto se debe a que una vez que el juez firme la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre, tendrá que usar el periódico que proporcionó en el formulario. No podrá cambiar el formulario una vez que haya sido firmado for el juez.

6. Vaya a la audiencia

Vaya a la audiencia de la corte y lleve el comprobante de publicación de la Orden de presentar motivos justificativos junto con un Decreto de cambio de nombre (formulario NC-130) para que lo firme el juez.

7. Obtenga de la corte el Decreto de cambio de nombre

Si el juez aprueba su solicitud de cambio de nombre, firmará el Decreto de cambio de nombre (formulario NC-130). Una vez que haya firmado el decreto, obtenga una copia certificada del secretario de la corte. La necesitará para poder cambiar el acta de nacimiento de su hijo, su tarjeta del Seguro Social y otros documentos de identidad, como el pasaporte.

Haga clic para obtener instrucciones para cambiar el acta de nacimiento después de obtener una orden judicial (en inglés).

Si sólo 1 de los padres está solicitando el cambio de nombre de su hijo


Siga estos pasos:


1. Llene sus formularios de la corte

Llene estos formularios:

Algunas cortes también requieren que llene formularios locales para solicitar un cambio de nombre. Pregúntele al secretario de su corte si tiene que llenar formularios locales. Es posible que también pueda encontrar estos formularios en el sitio web de su corte local.

2. Haga revisar sus formularios

Si el asistente de derecho familiar o el centro de ayuda de su corte ayudan a la gente con casos de cambio de nombre, pídales que revisen sus documentos. De esa manera podrá verificar que los formularios se han llenado correctamente antes de presentar el caso.

3. Haga por los menos 3 copias de todos sus formularios

El original será para la corte. Una copia será para usted, y otra será para el otro padre. La tercera copia la necesitará para publicar el aviso en el periódico.

4. Presente sus formularios ante el secretario de la corte

Presente todos sus formularios, junto con las copias, en la corte del condado donde vive su hijo. El secretario pondrá un sello en sus formularios que dice “Filed” (Presentado), se quedará con los originales y le devolverá las copias. La Orden de presentar motivos justificativos tendrá información sobre la fecha, hora y número del departamento de la corte donde se realizará la audiencia.

Tendrá que pagar una cuota de presentación. Haga clic para saber cuánto es la cuota de presentación (en inglés) para la primera petición (a veces llamada “primera comparecencia” o “primeros documentos”). Si no puede pagar la cuota de presentación, puede solicitar una exención de cuotas.

5. Haga la entrega legal al otro padre de su hijo

Haga la entrega legal de una copia de los documentos al otro padre de su hijo por lo menos 30 días antes de la fecha de audiencia. Tendrá que pedirle a una persona mayor de 18 años de edad, que NO sea usted, que le entregue en persona al otro padre una copia de la Solicitud de cambio de nombre (formulario NC-100), el Adjunto a la solicitud de cambio de nombre (formulario NC-110) y la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre (formulario NC-120) que presentó ante la corte.

La persona que hace la entrega legal tiene que llenar una Prueba de entrega de orden de presentar motivos justificativos (Cambio de nombre) (formulario NC-121) y dársela a usted. Tiene que presentar esta Prueba de entrega antes de la audiencia o llevársela a la audiencia (pregúntele al secretario de la corte si hay alguna regla especial adicional en su condado).

  • Si el otro padre vive en California, la entrega legal de los documentos se tiene que hacer en persona.

  • Si el otro padre vive fuera de California, puede hacer la entrega legal por correo certificado con aviso de retorno. Pero recuerde que usted NO puede ser el que envíe los documentos por correo.

Haga clic para obtener más información sobre la entrega legal.

6. Publique la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre

En la mayoría de los casos tendrá que publicar la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre (formulario NC-120) en un periódico de circulación general una vez por semana durante 4 semanas consecutivas. Su corte probablemente le pueda dar una lista de periódicos aprobados para publicar avisos legales.

El costo de la publicación varía mucho de un periódico a otro, y aunque la corte le dé una exención de cuotas, igual tendrá que pagar las cuotas de publicación. Así que es muy importante que verifique el precio de publicación ANTES de poner el nombre del periódico en su Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre. Esto se debe a que una vez que el juez firme la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre, tendrá que usar el periódico que proporcionó en el formulario. No podrá cambiar el formulario una vez que haya sido firmado for el juez.

7. Vaya a la audiencia

Vaya a la audiencia de la corte y lleve el comprobante de publicación de la Orden de presentar motivos justificativos junto con un Decreto de cambio de nombre (formulario NC-130) para que lo firme el juez. No se olvide de llevar la Prueba de entrega para demostrar que el otro padre recibió una copia de sus documentos.

8. Obtenga de la corte el Decreto de cambio de nombre

Si el juez aprueba su solicitud de cambio de nombre, firmará el Decreto de cambio de nombre (formulario NC-130).  Una vez que haya firmado el decreto, obtenga una copia certificada del secretario de la corte. La necesitará para poder cambiar el acta de nacimiento de su hijo, su tarjeta del Seguro Social y otros documentos de identidad, como el pasaporte.

Haga clic para obtener instrucciones para cambiar el acta de nacimiento después de obtener una orden judicial (en inglés).

Si usted es el tutor del menor de edad y quiere cambiar su nombre


Siga estos pasos:


1. Llene sus formularios de la corte

Llene estos formularios:

  • Solicitud de cambio de nombre (formulario NC-100), incluyendo el Adjunto a la solicitud de cambio de nombre (formulario NC-110) y Adjunto suplementario a la solicitud de cambio de nombre (Declaración del tutor) (formulario NC-110G). Necesita 1 adjunto y 1 adjunto suplementario por cada menor cuyo nombre quiera cambiar.  
  • Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre (formulario NC-120). 
  • Carátula de caso civil (formulario CM-010).  

Algunas cortes también requieren que llene formularios locales para solicitar un cambio de nombre. Pregúntele al secretario de su corte si tiene que llenar formularios locales. Es posible que también pueda encontrar estos formularios en el sitio web de su corte local.

2. Haga revisar sus formularios

Si el asistente de derecho familiar o el centro de ayuda de su corte ayudan a la gente con casos de cambio de nombre, pídales que revisen sus documentos. De esa manera podrá verificar que los formularios se han llenado correctamente antes de presentar el caso.

3. Haga por los menos 4 copias de todos sus formularios

El original será para la corte. Una copia será para usted, y otras 2 para cada padre. La cuarta copia la necesitará para publicar el aviso en el periódico.

4. Presente sus formularios ante el secretario de la corte

Presente todos sus formularios, junto con las copias, en la corte del condado donde vive el menor. El secretario pondrá un sello en sus formularios que dice “Filed” (Presentado), se quedará con los originales y le devolverá las copias. La Orden de presentar motivos justificativos tendrá información sobre la fecha, hora y número del departamento de la corte donde se realizará la audiencia.

Tendrá que pagar una cuota de presentación. Haga clic para saber cuánto es la cuota de presentación (en inglés) para la primera petición (a veces llamada “primera comparecencia” o “primeros documentos”). Si no puede pagar la cuota de presentación, puede solicitar una exención de cuotas.

5. Haga la entrega legal a ambos padres del menor

Haga la entrega legal de una copia de los documentos a los dos padres del menor por lo menos 30 días antes de la fecha de audiencia. Tendrá que pedirle a una persona mayor de 18 años de edad, que NO sea usted, que le entregue en persona a cada uno de los padres una copia de la Solicitud de cambio de nombre (formulario NC-100), el Adjunto a la solicitud de cambio de nombre (formulario NC-110), el Adjunto suplementario a la solicitud de cambio de nombre (Declaración del tutor) (formulario NC-110G), y la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre (formulario NC-120) que presentó ante la corte.

La persona que hace la entrega legal tiene que llenar una Prueba de entrega de orden de presentar motivos justificativos (Cambio de nombre) (formulario NC-121) para cada uno de los padres y dárselas a usted. Tiene que presentar estas Pruebas de entrega antes de la audiencia en la corte o llevarlas a la audiencia (pregúntele al secretario de la corte si hay alguna regla especial adicional en su condado).

  • Si los padres viven en California, la entrega legal de los documentos se tiene que hacer en persona.

  • Si 1 o ambos padres viven fuera de California, puede hacer la entrega legal al padre que no vive en California por correo certificado con aviso de retorno. Pero recuerde que usted NO puede ser el que envíe los documentos por correo.

Haga clic para obtener más información sobre la entrega legal.

6. Publique la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre

En la mayoría de los casos tendrá que publicar la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre (formulario NC-120) en un periódico de circulación general una vez por semana durante 4 semanas consecutivas. Su corte probablemente le pueda dar una lista de periódicos aprobados para publicar avisos legales.

El costo de la publicación varía mucho de un periódico a otro, y aunque la corte le dé una exención de cuotas, igual tendrá que pagar las cuotas de publicación. Así que es muy importante que verifique el precio de publicación ANTES de poner el nombre del periódico en su Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre. Esto se debe a que una vez que el juez firme la Orden de presentar motivos justificativos de cambio de nombre, tendrá que usar el periódico que proporcionó en el formulario. No podrá cambiar el formulario una vez que haya sido firmado for el juez.

7. Vaya a la audiencia

Vaya a la audiencia de la corte y lleve su comprobante de publicación de la Orden de presentar motivos justificativos junto con el Decreto de cambio de nombre (Cambio de nombre de un menor por su tutor) (formulario NC-130G) para que el juez lo firme. No se olvide de llevar también las dos Pruebas de entrega para demostrar que cada uno de los padres recibió una copia de sus documentos.

8. Obtenga de la corte el Decreto de cambio de nombre

Si el juez aprueba su solicitud de cambio de nombre, firmará el Decreto de cambio de nombre (Cambio de nombre de un menor por su tutor) (formulario NC-130G). Una vez que haya firmado el decreto, obtenga una copia certificada del secretario de la corte. La necesitará para poder cambiar el acta de nacimiento del menor, su tarjeta del Seguro Social y otros documentos de identidad, como el pasaporte.

Haga clic para obtener instrucciones para cambiar el acta de nacimiento después de obtener una orden judicial (en inglés).

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